Tras largas horas de debate los magistrados rechazaron los argumentos que presentó el procurador general, Alejandro Ordóñez, quien solicitaba tumbar dicha sentencia al considerar que la Corte Constitucional se extralimitó en sus competencias pues a su juicio la competencia para este tipo de decisiones es del Congreso de la República.
Igualmente reiteró la Corporación Judicial que parejas de homosexuales o lesbianas si pueden adoptar a niños siempre y cuando cumplan con los requisitos mínimos exigidos en la constitución y que aplican para las parejas heterosexuales.
Esto es que tengan estabilidad económica, emocional, que la pareja a adoptar lleven un tiempo determinado juntos.
La Corte además acogió el argumento sobre en el que se advierte que la adopción de niños por personas con orientación sexual distinta o parejas del mismo sexo "no afecta por sí misma el interés superior del menor, ni compromete de manera negativa su salud física y mental o su desarrollo integral".
